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Indicador ODS

Disponibilidad en todos los centros (facultades y bibliotecas) de la UCM de acceso recursos vinculados con la lengua de signos, y recursos técnicos para garantizar el acceso de las personas con diversidad auditiva.

Descripción:

Relacionado con ODS 10, 4 Unidad: Escala 3; Sí, disponible en todas las facultades y bibliotecas. 2; Sí, disponible en entre 15-20 facultades. 1; Sí, disponible en entre 10-15 facultades. Ayudas técnicas: equipos de frecuencia modulada, bucle magnético (o aro magnético), paneles informativos y señales luminosas, sistemas de subtitulación en directo, etc. Contratación de interpretes de lenguaje de signos suficientes. El Reglamento (aprobado en Real Decreto 674/2023) que desarrolla la ley 27/2007, recoge las condiciones de utilización de la lengua de signos española y de los medios de apoyo a la comunicación oral para las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, por tanto, las obligaciones de la UCM al respecto. Este recoge ampliamente que "las universidades, a través de sus unidades de diversidad, dotarán al profesorado, alumnado y personal universitario sordo, con discapacidad auditiva y sordociego, que se comunican en lengua de signos española, de servicios de interpretación, videointerpretación y guía-interpretación o mediación comunicativa en todas las actividades profesionales, académicas y extra-académicas.". https://www.cnse.es/media/k2/attachments/Reglamento-Ley-27-2007.pdf

Datos del Indicador

Grupo de trabajo:A - Igualdad, Justicia social y diversidad
Nivel de análisis:Campus
ODS:10. Reducción de las desigualdades
Fuente de los datos:NA

Criterio de evaluación

Color Mínimo Máximo
20 99999
15 20
10 15

Valores del Indicador

Año Valor