Indicador ODS
Disponibilidad en todos los centros (facultades y bibliotecas) de la UCM de acceso recursos vinculados con la lengua de signos, y recursos técnicos para garantizar el acceso de las personas con diversidad auditiva.
Descripción:
Relacionado con ODS 10, 4
Unidad: Escala
3; Sí, disponible en todas las facultades y bibliotecas.
2; Sí, disponible en entre 15-20 facultades.
1; Sí, disponible en entre 10-15 facultades.
Ayudas técnicas: equipos de frecuencia modulada, bucle magnético (o aro magnético), paneles informativos y señales luminosas, sistemas de subtitulación en directo, etc.
Contratación de interpretes de lenguaje de signos suficientes.
El Reglamento (aprobado en Real Decreto 674/2023) que desarrolla la ley 27/2007, recoge las condiciones de utilización de la lengua de signos española y de los medios de apoyo a la comunicación oral para las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, por tanto, las obligaciones de la UCM al respecto. Este recoge ampliamente que "las universidades, a través de sus unidades de diversidad, dotarán al profesorado, alumnado y personal universitario sordo, con discapacidad auditiva y sordociego, que se comunican en lengua de signos española, de servicios de interpretación, videointerpretación y guía-interpretación o mediación comunicativa en todas las actividades profesionales, académicas y extra-académicas.".
https://www.cnse.es/media/k2/attachments/Reglamento-Ley-27-2007.pdf